Mostrando entradas con la etiqueta privacidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta privacidad. Mostrar todas las entradas

jueves, 4 de abril de 2013

La propiedad industrial y el derecho de autor

La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas, las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, los dibujos, pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.

La propiedad industrial

Como se ha aclarado anteriormente, al tratarse de un tipo de propiedad intelectual, ésta guarda una estrecha relación con creaciones del ingenio humano como las invenciones y los dibujos y modelos industriales. Las invenciones se constituyen como soluciones a problemas técnicos y los dibujos y modelos industriales son las creaciones estéticas que determinan la apariencia de productos industriales.

Además, la propiedad industrial incluye las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, los nombres y designaciones comerciales, incluidas las indicaciones de procedencia y denominaciones de origen, y la protección contra la competencia desleal. Aquí, la característica de creación intelectual -aunque existente-, es menos prominente, pero lo que importa es que el objeto de la propiedad industrial consiste típicamente de signos que transmiten una información a los consumidores, concretamente en lo que respecta a los productos y los servicios que se ofrecen en el mercado, y que la protección va dirigida contra el uso no autorizado de tales signos, lo cual es muy probable que induzca a los consumidores a error, y contra las prácticas engañosas en general.

Se podrá pensar que la expresión "propiedad industrial" no es estrictamente lógica puesto que, únicamente en lo que respecta a las invenciones, el principal segmento de la economía que se interesa en ellas es la industria. De hecho, en una situación normal, las invenciones se explotan en plantas industriales. Pero las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, los nombres y designaciones comerciales, son de interés no sólo para la industria sino también, y principalmente, para el comercio.

A pesar de esta falta de lógica, la expresión "propiedad industrial" ha adquirido, al menos en los idiomas europeos, un significado que abarca claramente no sólo las invenciones sino también todos los objetos que se acaban de mencionar.

El derecho de autor

Este guarda relación con las creaciones artísticas, como los poemas, las novelas, la música, las pinturas, las obras cinematográficas, etc.

La expresión "derecho de autor" hace referencia al acto principal, respecto de las creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser ejecutado por el autor o bajo su consentimiento.

Ese acto es la producción de copias de la obra literaria o artística, como un libro, una pintura, una escultura, una fotografía, una película. La segunda expresión, "derechos de autor" (o derechos de los autores), hace referencia a los derechos de la persona creadora de la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el hecho, reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de que el autor tiene ciertos derechos específicos sobre su creación, por ejemplo, el derecho de impedir una reproducción distorsionada que sólo él puede ejercer, mientras que otros derechos, como el derecho de efectuar copias, lo pueden ejercer otras personas, por ejemplo, un editor que ha obtenido una licencia a tal fin del autor.

martes, 19 de marzo de 2013

Propiedad intelectual (imágenes)


En esta entrada he añadido imágenes que explican de otra manera la propiedad intelectual, tema de este blog. 

A veces una imagen vale más que mil palabras.

Páginas de interés


En esta entrada os muestro algunas de las páginas de Internet en donde protegen la Propiedad Intelectual en sus diferentes ámbitos.

DAMAUTOR

DAMA, Derechos de autor de Medios Audiovisuales, es una Entidad de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual autorizada por el Ministerio de Cultura mediante Resolución de fecha 5 de Abril de 1999 (BOE 9 abril de 1999).
DAMA es una Entidad de gestión especializada en la recaudación, gestión y reparto de los derechos de autor de obras audiovisuales y cinematográficas.
DAMA gestiona y protege los derechos de autor de gestión colectiva obligatoria de sus autores socios (directores y guionistas de obras cinematográficas y audiovisuales).
AGEDI-AIE 

AIE y AGEDI son dos entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual legalmente constituidas y autorizadas, como tales, por el Ministerio de Cultura. Tienen obligación de asegurar, ante los titulares de los derechos y ante la Administración, una gestión eficaz de los derechos de comunicación pública de fonogramas, facilitando a los usuarios la firma del contrato que regula las condiciones y los límites dentro de los cuales llevará a cabo la comunicación pública de fonogramas, o de reproducciones de los mismos: recaudando la remuneración legalmente reconocida y repartiendo dicha remuneración entre los titulares de los derechos.

FAP
 
La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual, FAP , asociación privada sin ánimo de lucro creada en 1984, defiende la Propiedad Intelectual de las obras audiovisuales y del software de entretenimiento .
Son tres los objetivos principales:

     Promover una legislación adecuada
     Instar la aplicación de dichas leyes y
     Sensibilizar a la sociedad y a las Autoridades frente a la piratería.

Enlaces de las páginas:
 
DAMATOUR

AGEDI-AIE

FAP


 

lunes, 18 de marzo de 2013

Riesgos de no proteger la propiedad intelectual


Aquí os dejo un video sobre los riesgos de no proteger la propiedad intelectual, espero que os sirva de utilidad. ¡Saludos!

¿Qué es la propiedad intelectual?


Aquí os dejo un video de explicación de la propiedad intelectual de una forma más sencilla y dinámica. Espero que os sirva de ayuda.

jueves, 14 de marzo de 2013

Derecho de autor

El derecho de autor guarda relación con las creaciones artísticas, como los poemas, las novelas, la música, las pinturas, las obras cinematográficas, etc. 

La expresión "derecho de autor" hace referencia al acto principal, respecto de las creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser ejecutado por el autor o bajo su consentimiento (derecho patrimonial). 


Ese acto es la producción de copias de la obra literaria o artística, como un libro, una pintura, una escultura, una fotografía, una película y más recientemente contenidos digitales. La segunda expresión, "derechos de autor" (o derechos de los autores), hace referencia a los derechos de la persona creadora de la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el hecho, reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de que el autor tiene ciertos derechos específicos sobre su creación (derechos morales), por ejemplo, el derecho de impedir una reproducción distorsionada que sólo él puede ejercer, mientras que otros derechos, como el derecho de efectuar copias, lo pueden ejercer otras personas (derecho patrimonial concedido a un titular), por ejemplo, un editor que ha obtenido una licencia a tal fin del autor.

martes, 12 de marzo de 2013

Consejos para una navegación segura

Cada vez son más y más graves los peligros que el internauta encuentra al conectarse a la red si no quiere que la información que comparte con otros usuarios sea pública o caiga en manos de terceros.Por esto voy a daron unos consejos que debéis cumplir para conectaros a Internet completamente seguros:

1. Comprueba la configuración de tus perfiles.
Es importante revisar el grado de privacidad que has elegido para tu perfil en las redes sociales y foros en los que participas. Chequea que tienes bien configurada la privacidad de tu información y fotos, así como aquellas en las que estás etiquetado. Si navegas desde una PC compartida, acuérdate de cerrar la sesión de todas tus cuentas de email o páginas en las que estés registrado cada vez que te conectas.
Y, por supuesto, jamás compartas tus contraseñas ni perfiles. Si es preciso, cámbialas con frecuencia para evitar que alguien pueda utilizarlas.

2. Compartir fotografías.
Si compartes imágenes o información de otras personas a través de internet (ya sea en redes sociales, vía mail o en webs), asegúrate de que esos datos o fotografías no van a perjudicar o molestar a su protagonista, ni están invadiendo su privacidad o violando su intimidad.
Debes estar seguro de que esa o esas personas consienten que esa información o imágenes sean publicadas.

3. No reenviar cadenas.
Nunca reenvíes a todos tus contactos las famosas ‘cadenas’, con decenas de destinatarios y piden una respuesta inmediata y multitudinaria, ya que con frecuencia contienen virus, incluso cuando es un contacto propio y de confianza quien lo envía.
Son correos falsos, también conocidos como ‘hoax’, y sirven para recopilar miles de direcciones de mails.

4. Internet no olvida ni perdona.
Recuerda que "internet no olvida" fácilmente la información, expresiones o imágenes que tú, gente de tu entorno, empresas y páginas de todo tipo cuelgan en la web sobre ti.
Una vez que la indexan los célebres buscadores catalogan o "atrapan" esa información y puede ser fácilmente localizable por cualquiera, algo que tal vez pueda perjudicarte en el futuro.

5. Sólo amigos verdaderos.
Antes de aceptar una petición de amistad o de agregar tú a alguien en cualquiera de las redes sociales, piensa si de verdad le conoces y no hay ningún inconveniente en que acceda a tus datos, tu entorno y a tu vida íntima.
Además, debes pensar bien para quién o con quién estás compartiendo cada comentario que escribes o foto que cuelgas en internet.

Estos son algunos de los consejos qe debemos utilizar para navegar con seguridad y así proteger nuestra propiedad intelectual.